La interferencia perjudicial es toda perturbación que suponga un riesgo para el funcionamiento de un servicio de radionavegación o de otros servicios de seguridad o que degrade u obstruya gravemente o interrumpa de forma repetida un servicio de radiocomunicación que funcione de conformidad con la reglamentación internacional, comunitaria o nacional aplicable.
Tienen derecho a protección frente a interferencias perjudiciales, causadas por cualquier otra estación o equipo, los titulares habilitados para el uso del dominio público radioeléctrico que lo utilicen en las condiciones autorizadas en el correspondiente título.
Periódicamente se publican las estadísticas sobre interferencias radioeléctricas denunciadas y que han sido analizadas, investigadas y, en su caso, resueltas por los servicios técnicos de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones.
Fuente Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
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